Tribunal Revoca Absolución y Condena a Psicólogo por Abuso Sexual en La Pampa

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El Tribunal de Impugnación Penal revocó una sentencia y condenó a un psicólogo a seis años de prisión por los delitos de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, enmarcados en la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres. La resolución se produjo tras recursos de impugnación presentados por el Ministerio Público Fiscal y la querella particular.

La sentencia inicial, que absolvía al psicólogo por el beneficio de la duda, fue emitida el 23 de marzo por el juez de audiencia santarroseño, Daniel Sáez Zamora. Sin embargo, el Tribunal de Impugnación Penal consideró que hubo una errónea valoración de las pruebas y, por lo tanto, revocó la absolución.

Los jueces Mauricio Federico Piombi y María Eugenia Schijvarger, de la Sala A, determinaron que las agresiones ocurrieron en el consultorio del psicólogo durante dos sesiones terapéuticas en un mismo día. El fallo destaca la coherencia y lógica del relato de la víctima, respaldado por su reacción inmediata y la comunicación a personas de confianza.

Asimismo, se resaltó la discrepancia entre el peritaje de una psicóloga forense, que consideró creíble el relato de la víctima, y el perito de parte, que no proporcionó fundamentos sólidos para cuestionar la credibilidad. El Tribunal señaló que el juez inicial puso en duda la relación asimétrica de poder entre el psicólogo y la paciente.

Finalmente, al imponer la pena de seis años de prisión, se tuvieron en cuenta factores atenuantes, como la falta de antecedentes penales, y agravantes, como el rol del psicólogo como tratante y el hecho de que la agresión ocurrió en su consultorio. El Tribunal consideró innecesario el reenvío a la Audiencia de Juicio para la imposición de la pena.